Declaración de Ética y Buenas Prácticas

Práticas da História es una revista revisada por pares comprometida a garantizar los más altos estándares éticos en la publicación. Todas las partes implicadas (Editores Principales, Consejo Científico, Consejo Editorial, autores, revisores y editor) aceptan las normas de comportamiento ético y defienden los principios de la Declaración de Ética y Buenas Prácticas en la publicación, que se detallan a continuación, basados en el Código de Conducta y Normas de Buenas Prácticas para Editores de Revistas del Comité de Ética en la Publicación - COPE (disponible en http://publicationethics.org/).

 

1. Responsabilidades de los editores principales y del consejo editorial

a) Decidir qué manuscritos presentados a la revista deben publicarse. Esta decisión se rige por las normas de la revista (Normas Práticas para el Envío y Publicación de Artículos, disponibles en https://praticasdahistoria.pt/about/submissions) y por las exigencias legales en materia de difamación, violación de derechos de autor y plagio. Los Editores Principales y el Consejo Editorial podrán rechazar manuscritos presentados sin que pasen por un proceso de arbitraje por evaluadores independientes cuando consideren que no se ajustan a los parámetros de la revista.

b) Instruir a los organizadores, autores y revisores sobre sus responsabilidades y obligaciones, así como informarles sobre las nuevas políticas y novedades.

c) Instruir a los nuevos miembros del Comité Editorial sobre sus obligaciones y mantener informados a los miembros actuales de las nuevas políticas y novedades.

d) Evaluar los artículos únicamente en función de su mérito académico e intelectual, independientemente de factores como: edad, sexo, orientación sexual, discapacidad, origen étnico, creencias religiosas, nacionalidad, orientación política, clase social o afiliación institucional de los autores.

e) Garantizar que el proceso de arbitraje científico de los artículos sea confidencial, imparcial y sometido a la evaluación de al menos dos árbitros y que toda la información relativa a los mismos permanezca confidencial. Por lo tanto, la revista seguirá, como norma, la revisión por pares a doble ciego y, cuando así se acuerde con los autores y revisores, a simple ciego. Como norma, también garantizará la protección de la identidad de los autores y evaluadores.

f) Garantizará una selección adecuada de los evaluadores, evitando conflictos de intereses.

g) Desarrollará y mantendrá una base de datos de revisores relevantes, que se actualizará en función de su actuación.

h) Considerar manuscritos de cualquier miembro del Consejo Editorial para su posible publicación en la revista, salvaguardando el proceso de arbitraje independiente sin participación del interesado.

i) Garantizar que los materiales inéditos divulgados en un artículo enviado no sean utilizados por ningún miembro del Consejo Editorial o evaluadores sin el previo consentimiento expreso y por escrito del autor.

j) Responder adoptando medidas razonables en caso de quejas sobre un artículo presentado o publicado. En caso de sospecha de mala conducta, siga los diagramas de flujo de COPE, disponibles en http://publicationethics.org/files/Full%20set%20flowcharts.pdf.

k) Publicar correcciones, aclaraciones, retractaciones y disculpas siempre que sea necesario.

l) Hacer todo lo posible por investigar cualquier acusación creíble de mala conducta por parte de un miembro del Consejo Editorial, autor o revisor e informar a las partes implicadas del proceso de investigación y sus resultados, dándoles una oportunidad justa de responder. Cualquier información sobre mala conducta o falta de ética debe ser comunicada a los Editores Principales, al Consejo Editorial y a los Institutos que apoyan a la revista (IHC y CHAM), quienes deben analizar la información con toda seriedad y proceder en consecuencia.

 

2. Responsabilidades de los editores invitados

a) Definir el tema y la función de cada artículo en los números temáticos.

b) Orientar de forma clara e inequívoca a los autores sobre el tema y el alcance de sus contribuciones y sobre el diseño general del número.

c) Garantizar, en colaboración con el Consejo Editorial y el Consejo Científico, la elección de los revisores adecuados para todos los artículos, independientemente de que hayan sido encargados o presentados en el marco de una convocatoria de artículos.

d) Analizar los manuscritos enviados y aprobar aquellos que entren dentro del ámbito del número temático, teniendo en cuenta las normas de publicación y todos los aspectos legales relacionados con la difamación, el plagio y la infracción de los derechos de autor.

e) Establecer, junto con el Consejo de Redacción, un calendario para la presentación, revisión y versión final de los artículos, velando por el cumplimiento de todos los plazos.

f) Redactar la introducción del número.

 

3. Deberes y responsabilidades de los miembros del Consejo Científico y de los evaluadores externos

La revista considera que el arbitraje científico es una herramienta esencial en el proceso de publicación académica por la importante contribución que puede aportar a la calidad de los trabajos y al cumplimiento de los principios éticos y de buena práctica científica. Asimismo, considera que las revisiones deben guiarse por el principio de evaluación colaborativa. En el marco de esta posición, valora el papel del órgano independiente de expertos que constituye el Consejo Científico, al que recurren el Consejo Editorial y los editores invitados para evaluar los trabajos presentados o ayudar en el proceso de identificación de evaluadores externos, en caso de imposibilidad de que sus miembros lleven a cabo la evaluación. En un momento en el que crece el debate sobre las ventajas e inconvenientes de la revisión ciega o abierta, mantenemos como principio rector el método de revisión doble ciego, aunque puede considerarse la revisión ciega o abierta. En cualquier caso, se deja al criterio del revisor revelar su nombre al autor al emitir su opinión.

Corresponde a los expertos contactados expresar su voluntad o no de evaluar un artículo en el plazo solicitado. Al tomar su decisión, deben tener en cuenta su cualificación para evaluar el tema y su voluntad de cumplir con lo solicitado, así como cualquier conflicto de intereses y garantizar el anonimato del autor.

Los evaluadores deberán:

a) Ofrecer su evaluación dentro de los plazos acordados.

b) Cumplir con los principios éticos consensuados asociados a los procesos de evaluación, a saber:

- Mantener la confidencialidad de los artículos, respetando la propiedad intelectual y los derechos de los autores, no compartiendo ni utilizando en beneficio propio las ideas e informaciones transmitidas.

- Mantener la imparcialidad sin discriminar los orígenes, creencias u orientaciones de los autores que puedan reflejarse en el trabajo objeto de evaluación, a saber: edad, género, orientación sexual, discapacidad, origen étnico, creencia religiosa, nacionalidad, orientación política, clase social o afiliación institucional.

c) Adoptar una actitud de cordialidad, objetividad y razonabilidad en la valoración de los artículos, justificando claramente el juicio sobre sus aspectos positivos y sus debilidades.

d) Guiarse por un espíritu de colaboración para producir una evaluación bien fundamentada, en particular haciendo sugerencias bibliográficas, señalando aspectos del trabajo que puedan ser profundizados o bien fundamentados, así como mostrando disposición para aclarar las dudas de los autores sobre la evaluación y para reexaminar las versiones mejoradas si así lo solicitan los editores.

e) Notificar a los editores cualquier violación de derechos o práctica de plagio por parte de los autores, incluido el autoplagio.

 

4. Deberes y responsabilidades de los autores

a) Los autores deben seguir las directrices de presentación de la revista y cooperar en el proceso de evaluación y revisión.

b) Deben abstenerse de enviar simultáneamente el mismo artículo o artículos redundantes a varias revistas o libros. Asimismo, no deben enviar trabajos que estén siendo considerados por otros editores.

c) En el caso de artículos traducidos de obras publicadas anteriormente, los autores deben aclarar la situación con los editores y contar con las autorizaciones pertinentes.

d) El plagio es un comportamiento éticamente inaceptable y constituye una falta grave contra los derechos intelectuales. Los artículos enviados deben reconocer, mediante citas y referencias bibliográficas apropiadas, todas las publicaciones cuyas ideas y fuentes hayan contribuido a su maduración. También es éticamente recomendable que reconozcan las aportaciones procedentes de conversaciones, correspondencia y discusiones personales o públicas, así como las resultantes de valoraciones previas de los artículos. No es aceptable utilizar ideas o información a la que se haya tenido acceso en procesos confidenciales sin el permiso expreso de los autores.

e) El autoplagio es éticamente reprobable, ya que pone en peligro la valoración de la originalidad del trabajo considerado, los derechos de publicación y puede ser utilizado para sobrevalorar currículos. Los autores tienen el deber de marcar debidamente sus trabajos publicados anteriormente que hayan contribuido de algún modo al artículo que nos ocupa.

f) Las fuentes impresas y manuscritas deben detallarse adecuadamente, y se recomienda salvaguardar el tratamiento de los datos de estas fuentes y ponerlos a disposición del público, siempre que sea posible.

g) Es responsabilidad de los autores obtener autorización para reproducir contenidos de fuentes que no sean de dominio público o que hayan sido obtenidas de entidades públicas o privadas.

h) Los autores deberán declarar los posibles conflictos de intereses que afecten al trabajo objeto de estudio, así como reconocer las entidades y proyectos que financian la investigación y publicación.

i) Los autores que descubran errores o inexactitudes significativas en su trabajo después de su publicación deberán notificarlo al Consejo Editorial y cooperar para que sea corregido o retirado de la publicación.